
25 septiembre, 2024
Otro punto destacado de la propuesta es la exigencia de que todos los contratos laborales, ya sean a término fijo o por obra, deban celebrarse por escrito. Esta disposición es fundamental para garantizar la correcta aplicación de los derechos laborales. Si un contrato no se firma por escrito o no especifica la obra o labor contratada, se asumirá que el contrato es a término indefinido desde su inicio como lo ha venido diciendo la jurisprudencia, lo que proporciona una mayor estabilidad al empleado desde la ley.
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